° Derecho a estar acompañada por una persona de tu confianza durante el trabajo de parto, parto y postparto (Art. 2 Inc. G Ley 25.929)
° Derecho al parto natural, respetuoso de los tiempos biológico y psicológico, evitando prácticas invasivas y suministro de medicación que no estén justificados por el estado de salud de la parturienta o de la persona por nacer. (art. 2 Inc d Ley. 25.929)
° Derecho a ser tratada con respeto, y de modo individual y personalizado que le garantice la intimidad durante todo el proceso asistencial y tenga en consideración sus pautas culturales. (Art. 2 inc. b, ley 25.929)
° Derecho a ser considerada, en su situación respecto del proceso de nacimiento, como persona sana, de modo que se facilite su participación como protagonista de su propio parto. (Art. 2 Inc. c, Ley 25.929)
° Derecho a tener a su lado a su hijo o hija durante la permanencia en el establecimiento sanitario, siempre que el recién nacido no requiera de cuidados especiales. (art. 2 Inc. h Ley 25.929) y derecho del niño/a a la internación conjunta con su madre en sala, y a que la misma sea lo más breve posible, teniendo en consideración su estado de salud y el de aquélla. (art. 3 inc. d ley 25.929)
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